Historia Equipo Maquinaria de Contratistas
- Flor de María Alfaro Juárez

- 13 jun 2025
- 2 Min. de lectura
En 1872, se emitió el primer seguro de maquinaria, extendiéndose a otros países. A principios del siglo XX, surgieron las pólizas de Pérdida de Beneficio por Avería de Maquinaria y el Seguro de Montaje.
Con la llegada de la industrialización y la incorporación de maquinaria en diversas actividades económicas, se hizo evidente la necesidad de contar con un producto específico que ofreciera cobertura frente a los daños materiales que pudieran afectar al equipo utilizado por los contratistas. Por esta razón, desde hace ya bastante tiempo, surgió la urgencia de desarrollar una modalidad de seguro que resguardara al empresario frente a las posibles consecuencias económicas derivadas de estos incidentes.

Objeto del Seguro
Este seguro ampara los daños materiales que puedan afectar al equipo de contratistas y/o equipo pesado especificado en la póliza, dentro de la ubicación de riesgo señalada en la misma.
Cobertura Principal
Este seguro cubre los daños materiales que sufran los bienes asegurados por cualquier causa que no sea excluida expresamente a continuación, y que no pudiera ser cubierta bajo las coberturas adicionales.
Cobertura Básica
Esta cobertura cubre las pérdidas o daños directos producidos a la maquinaria o equipos objeto de este seguro por cualquier causa externa, como:
a) Incendio y/o Rayo;
b) Colisión con objetos en movimiento o estacionarios, volcamiento, hundimiento del terreno, deslizamiento de tierra, descarrilamiento;
Robo
e) Robo, como también los daños causados por dicho delito o su intento; (para los efectos de este seguro, se entenderá por robo, las pérdidas por substracción de los bienes asegurados y los daños que se causen a los mismos como consecuencia del intento o la consumación del robo, siempre y cuando que la persona que lo cometa haya penetrado al lugar por medios violentos o de fuerza y en forma tal que en el lugar de entrada o de salida, queden evidencias visibles de tal acto de violencia.
El Asegurado se obliga a presentar una denuncia de los hechos de que trata este inciso ante la autoridad competente.
Riesgos adicionales cubiertos:
c) Accidentes que ocurran pese a un manejo correcto, así como los que sobrevengan a consecuencia de descuido, impericia o negligencia del conductor;
d) Explosión, excepto lo dispuesto en el inciso c) numeral 2 de la Cláusula 5a.
f) Accidentes que ocurran durante el montaje, desmontaje y traslado de las instalaciones dentro del terreno de la obra o mientras viajen los vehículos por sus propios medios de un sitio de operaciones a otro;
g) Pérdida o daño causado por inundación, maremoto, ciclón huracán, tempestad, vientos, terremoto, temblor, erupción volcánica o por otra convulsión de la naturaleza;
h) Pérdidas o daños causados por cualquier otro riesgo no excluido expresamente de la presente póliza.
Responsabilidad Civil
Cubre la responsabilidad por daños y perjuicios causados a terceros derivados de la propiedad del bien asegurado, así como daños a propiedades de terceros causados por accidentes relacionados con el uso, mantenimiento o propiedad del bien asegurado.



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